Algunas cosas parecen estar cambian do en España. La joven víctima de violación del caso “La Manada” entregó ayer una carta en «El Programa de Ana Rosa» de televisión española con la que agradeció por el apoyo recibido en general durante el proceso judicial: «Gracias por no haberme dejado sola», dice al final de unos de sus párrafos. El caso, por su resonancia, impulsó al Gobierno español a revisar el capítulo de delitos sexuales del Código Penal para realizar cambios que han dado un avance en temas de violencia de género y agresiones sexuales, según especialistas.
Elena Ocejo, portavoz de Abogadas por la Igualdad de España, declaró al diario el ”El País” que los cambios se han notado en instancias superiores de justicia: «Ha sido el TS (Tribunal Supremo) el que ha abierto el camino y es lógico que haya sido así, pues es el órgano encargado de sentar las bases de los criterios jurisprudenciales a seguir. Los juzgados unipersonales y las primeras instancias son más reacios al cambio”.
Este tipo de casos han establecido la necesidad del consentimiento “expreso, manifiesto e inequívoco” de la relación sexual; también, de reforzar la credibilidad del testimonio de la víctima y, por tanto, no dudar de una declaración solo por el tiempo en que tardó la víctima en entregarla. Incluso, expertos españoles discuten cambiar el término “abuso” por “violación”, tras la sentencia de La Manada.
El inicio de los hechos se emplaza en las fiestas de San Fermín en 2016, en Navarra, cuando cinco hombres violaron a una joven madrileña durante las celebraciones. En un primer momento, la Audiencia de Navarra atendió el caso y lo calificó de «abuso sexual», con el testimonio de los imputados que declaraban que las relaciones habían sido consentidas. Sin embargo, la contraparte pidió que se calificara de “violación” y no de abuso, por lo que recurrieron al Tribunal Supremo de Navarra, quien ratificó la sentencia de la Audiencia. Finalmente, recurrieron al Tribunal Supremo de España, desde donde se dictaminó el acto como “violación”, dado que el relato describía un «auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados». Así, la condena pasó de 9 a 15 años de cárcel para los imputados, además de requerir una indemnización a la joven de 100.000 euros (más de 77 millones de pesos) y la prohibición de acercarse a ella a menos de 500 metros durante 20 años.
La decisión de la Suprema incorporó dos agravantes que elevaron la pena: el trato vejatorio y la actuación conjunta de dos o más personas durante un «delito continuado de violación». Asimismo, a uno de los imputados, Antonio Manuel Guerrero Escudero, se le condenan a dos años de cárcel adicionales por el delito del robo con intimidación del celular de la víctima.
Rebeca Zamora Piccianim, jefa del Área de Derecho Penal y Compliance en
Morales y Besa, comenta que “toda ley que busque reconocer y proteger derechos de las mujeres, siempre tendrá impacto y acogida en el movimiento feminista. Sin duda, las principales víctimas de acoso son mujeres. El caso de nido.org así lo reveló”. Así, la ex candidata al Colegio de Abogados por la lista “Todos y Todas” indica que, en materia local se está tramitando la llamada “Ley Pack”, que pretende sancionar a quien suba a Internet imágenes, audios o videos con contenido sexual obtenidos en la intimidad. La discusión sigue en el Senado.